Alegaciones para recurrir una multa de aparcamiento

14 diciembre 2010 · 358 comentarios

Existen una serie de pautas básicas que hay que seguir a la hora de enfrentarse al recurso de una multa y en las que es aconsejable esforzarse en caso de que la consideremos verdaderamente injusta o derivada de un error. De hecho, hace unos meses os ofrecíamos una plantilla muy útil para recurrir multas a la hora de redactar un escrito de alegaciones.

La primera pregunta que tenemos que hacernos cuando nos multan por estar mal aparcados es si se ha tratado de un error: si por ejemplo hemos ocupado una plaza reservada a minusválidos o un vado, perjudicando a terceros, deberíamos aceptarla aunque sólo sea por moralidad, pero en casos como estos recurrirla o no ya depende del infractor, aunque va a ser muy complicado que un recurso de este tipo prospere.

Son muchos los motivos por los que nos pueden poner una multa por estar mal estacionados, como aparcar en un vado, en un “carga y descarga”, sobre una acera, en un paso de peatones, por aparcar en prohibido, en doble fila o por no poner el ticket dentro de un área controlada por el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). De igual modo, son diferentes las alegaciones que pueden hacerse en cada caso y dependiendo del hecho concreto de cada uno, aunque existe alguna que otra pauta comunes que os explicaremos por si os puede ser de utilidad.

Si la multa nos la facilita un agente en mano se considera que ya estamos notificados, por lo que los plazos empiezan a contar. Contrariamente a lo que se piensa, el hecho de que no la firmemos sólo significa que no estamos conformes, pero no que no hayamos sido notificados. En caso de que la multa nos la encontremos en el parabrisas, deberemos esperar a que se nos notifique en nuestro domicilio, un documento “a la intemperie” no es una notificación fehaciente, es decir, aquella que le garantiza a la Administración que has sido informado.

Cuando se nos notifica de forma fehaciente se nos informa de un plazo para presentar un recurso y las correspondientes alegaciones sobre el porqué no estamos de acuerdo con la sanción. A la hora de enfrentarse al recurso, muchos escriben cualquier cosa para tratar de retrasar el asunto y aprovecharse de la lentitud administrativa y rezan para que, mientras los papeles van y vienen, el asunto prescriba, algo que cada vez es menos probable que ocurra debido a mayores avances en los sistemas. Lo inteligente, no obstante, es buscar buenos argumentos para apoyar nuestro recurso en alegaciones coherentes y que puedan ser admitidas.

Si nos han multado estando ausentes, lo primero de todo es necesario que hagamos una observación exhaustiva del lugar exacto en el que fuimos sancionados, en busca de cualquier cosa que nos pueda servir para recurrir la multa argumentando que no se informa adecuadamente de tal prohibición en tal lugar. Esto es: verifica que efectivamente hay señales o indicativos que prohíban el aparcamiento y, si los hay, asegúrate de que son reglamentarios, si las señales son visibles o algo las tapa (como las ramas de un árbol, una pintada o pegatina…) si están a la altura adecuada, o cualquier otro aspecto que pueda serte de utilidad.

En este sentido, no sólo las señales oportunas tienen primero que estar y segundo que ser visibles, sino que deben ser legibles. Por ejemplo, si os multan en Cataluña y las indicaciones de la señal están escritas únicamente en catalán, podréis recurrirla alegremente argumentando que no sois catalanoparlantes. Os ampara la ley, ya que está estipulado que las indicaciones escritas de las señales de tráfico tienen que expresarse, al menos, en el idioma oficial del estado. Existen precedentes en Cataluña, pero esto se aplica a cualquier otra región en la que coexistan dos lenguas oficiales.

Es además importante comprobar si los datos que figuran en la denuncia se corresponden con la realidad: nombre de la calle y número, matrícula, modelo y color del vehículo… En el caso de que, tras la investigación anteriormente propuesta encuentres alguna irregularidad, ya tienes el argumento para llevar a cabo el escrito de alegaciones, pues estaremos ante un defecto de forma. Otra manera de lograr que nos quiten la multa sería solicitando que el agente o el controlador que nos multó presente pruebas fehacientes, como fotografías o testigos. Esto nos va a servir siempre que nos hayan multado sin merecerlo, como cuando confunden tu vehículo con el del verdadero infractor.

En definitiva, recuerda que para que nos puedan multar las señales que prohíben aparcar deben de estar en buen estado, ser visibles, accesibles y legibles. De igual modo, en la notificación que nos llegue deben figurar correctamente los datos de nuestro vehículo así como la fecha,  hora y lugar de la infracción. Si se ha dado el caso de que alguno de los factores que son decisivos para que se nos pueda aplicar la sanción, fallan, podemos alegar buenos argumentos y tenemos muchas posibilidades de éxito.

Imagen: Flickr / comcinco; Flickr / korrey

358 Comentarios

  • Vicente dice:

    Hola. Yo recurrí una multa por exceso de tiempo en estacionamiento en zona azul, por denuncia de controlador, invocando la sentencia 5702/1999 del Tribunal Supremo que exige la ratificación del denunciante y la aportación de las pruebas pertinentes con el fin de acreditar que el hecho denunciado es cierto. El Ayuntamiento de Ciudad Real me contesta desestimando el recurso e invocando como fundamento jurídico el hecho de que las denuncias de los vigilantes son válidas y que, para el caso concreto, el denunciante ha emitido informe de ratificación de su denuncia. En resumen, basta con que el vigilante se ratifique para que lo que diga tenga tanta prueba como la denuncia de un policía, lo cual me parece una barbaridad sin otro tipo de pruebas. ¿Merece la pena presentar recurso de reposición o ya está todo perdido? Un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola Eva, cuando nos multa un agente de autoridad no es necesario que demuestren que la infracción se produjo, ya que gozan de principio de credibilidad. En todo caso, debemos ser nosotros quiénes demostremos con pruebas como las que mencionas, que efectivamente no estábamos cometiendo ninguna infracción. Saludos.

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  • Pepe dice:

    Hola Ricardo, ya que se trató de una incidencia mecánica, nuestro consejo es que recurras la multa alegando que el vehículo falló y quedó inmovilizado mientras buscabas ayuda. No obstante deberás demostrar que así fue, y tal vez te sirva presentar la factura del taller con la fecha y los detalles oportunos.

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  • Pepe dice:

    Hola Toni, efectivamente podrías recurrir esa multa alegando que no existe señalización vertical que prohíba el estacionamiento y que las marcas del suelo presentan un aspecto deficiente y son difíciles de ver. Te deseamos suerte. Un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola Vicente, la única posibilidad de recurso que en este caso se nos ocurre sería que fueras tú el que aportaras las pruebas que demostraran que no te excediste del tiempo de aparcamiento, aunque demostrar este tipo de cosas suele ser muy difícil, pero hemos de ser nosotros y no los controladores quienes demostremos, y no al revés. Saludos.

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  • Pepe dice:

    Hola Marco, pues es difícil hacerse una idea, aunque si estaba señalizado que había obras y que no se podía aparcar entiendo que es indiferente que estuvieran o no los operarios… de todos modos, si consideras que no estaba convenientemente señalizado y has realizado las fotografías que así lo muestran, puede que tengas éxito, ya que serían suficientes para demostrar que no se informaba bien de la prohibición o del comienzo o final de la misma. Esperamos que tengas suerte y ya nos contarás. Un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola José, puedes probar a recurrir por defecto de forma, aunque no podemos asegurarte que por esa errata pueda considerarse que tu vehículo fue mal identificado, pues si te ha llegado a casa la notificación parece que no ha sido una traba para identificarte como conductor.

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  • Fernando dice:

    Hola, mi caso es el siguiente, me han multado dos días seguidos por estacionar el coche donde estaba prohibido (viernes día 26 y sabado 27 de agosto). Al inspeccionar el lugar de los echos vi que la señal de prohibido aparcar está parcialmente tapada por 2 ramas de un árbol, por lo que no se vé bien al aparcar, por lo que tomé varias fotos. Mi duda es si recurro rápidamente adjuntando las fotos o espero que me lo notifiquen en mi domicilio y entonces las presento,pero igual ya han cortado las ramas. Gracias por su atención

    Un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola Fernando. El recurso ha de partir de la notificación, no de un aviso. Si tu temor es que en el transcurso del trámite poden esas ramas, se me ocurre que busques un testigo que después pueda ratificar que las ramas del árbol impedían ver la señal y que después llames al Ayuntamiento para comunicar que la señal no se ve, te darán un número de incidencia que luego podrás utilizar en el recurso… no sé, cualquier testimonio o documento que luego te sirva, con fechas, para demostrar que la señal, en la fecha en que te multaron, no era visible. A lo mejor hasta un guardia urbano puede ayudarte, comunicando la incidencia y apoyándote en el recurso. Creo que en este caso tienes fácil que te quiten esa multa, si verdaderamente la señal está tapada. Saludos.

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  • Ricardo dice:

    Buenos dias!
    me han puesto una en carga y descarga, en mi caso estaba bastante señalizado, almenos co las lineas amarillas ,de la señal no me di cuenta, eso si solo a mi a los otros dos coches no les vi ningun papelito en el parabrisas, mi pregunta es si devo esperar a que me lo notifiquen en casa o ir antes de los 20 dias y pagar con el respectivo descuento?

    porque llegar llega seguro no??

    es la priemra vez que me multan asi.
    saludos

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  • Pepe dice:

    Hola Ricardo, si te han multado es casi segurísimo que te llegará la notificación, los hay con suerte y se traspapela, pero esa es la excepción, de modo que si eres consciente de que infringiste esa prohibición tal vez sí que te convenga acogerte al pronto pago y que te descuenten algo de dinero. Saludos.

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  • gloria dice:

    me han multado por no estacionar paralelamente a la acera? es esto legal?encima me han multado los urbanos del pueblo!! 50€ estoy indignada

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  • gloria dice:

    encima es que no estan la rayas pintadas en el suelo!! k me dices k me salgo de la raya vale pero es ke no hay

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  • Pepe dice:

    Hola Gloria, según expresa la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en su Artículo 92. Colocación del vehículo, la parada y el estacionamiento se realizarán situando el vehículo paralelamente al borde de la calzada. Por excepción, se permitirá otra colocación cuando las características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen. Esperamos haberte ayudado. Saludos.

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  • Fernando dice:

    Hola Pepe, he llamado al Ayuntamiento y me comunican que para comunicar una incidencia tengo que presentar un escrito para que me lo sellen y me den un número de incidencia. Me dicen que no existe otra forma de comunicarla. El caso es que me encuentro en mi lugar de residencia y no puedo trasladarme. ¿ crees que me servirán las fotos que tomé y que se vé claramente las ramas el día que ví la denuncia?.

    Gracias y un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola Fernando. Las fotos son una buena prueba, pero por si acaso sería bueno que buscaras un testigo que pueda apoyar la versión de que, a fecha de hoy, las ramas continúan tapando la señal, por si podan… un amigo que te haga el favor, al que citar como testigo en el escrito con su nombre y DNI, y te cubres las espaldas, y muy raro será que no te admitan el recurso. Gracias a ti, ya nos contarás.

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  • multa en carga y descarga dice:

    Hola, me llamo Lara. Mi caso es el siguiente: estacioné en zona azul sacando el correspondiente ticket, pero era zona de carga y descarga señalizado por una señal poco visible ya que estaba justo detrás de un árbol.
    No existe ninguna línea amarilla.
    Mi duda es que no sé si recurrirla con el peligro de que no se admita y abonar 42 euros, o decantarme por la otra opción, que sería pagarla con un descuento del 50% por lo que sería 21 euros.
    Saludos,

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  • arregui dice:

    puedo recurrir una multa de canbio de coche cada 30 dias en la misma calle al no haver ninguna señal que lo indique gracias

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  • Pepe dice:

    ¡Hola! Si la señal de carga y descarga no se ve porque está tapada por las ramas puedes recurrir alegando esto. Te aconsejamos que tomes unas fotografías que puedas adjuntar en el escrito de alegaciones y que te hagas con un testigo que acredite que en tal fecha las ramas tapaban la señal o con un número de incidencia que consigas en el Ayuntamiento al comunicar esta irregularidad, te valdrán para el recurso. Que te lo acepten o no dependerá de si verdaderamente la señal no se veía. Ya nos contarás.

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  • Pepe dice:

    Lo lamento Arregui, pero no entiendo qué nos quieres preguntar. Por favor, relátanos un poco el caso.

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  • Marcos dice:

    Hola, me denunciaron hace unos dias por estacionar en zona azul estando prohibido por obras. La denuncia es de las 11.25 en el boletin del agente (parabrisas) y en la notificacion me encuentro con que pone la 01:25, teniendo en cuenta que la prohibicion comienza a las 07:30, es factible que admitan el pliego de descargo y lo gane? Gracias

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  • Pepe dice:

    Hola Marcos, entiendo que la hora que figura en la notificación es la que prevalece (que alguien me corrija si me equivoco), por lo que si la hora que figura queda fuera del período de prohibición no veo por qué no habría de prosperar el recurso, porque entiendo que con las 01.25 se refieren a la madrugada… ¿no? Tiene pinta de que sí te lo admitan y te den la razón. No obstante nosotros ni somos expertos ni disponemos de toda la información necesaria, de modo que la decisión debe ser tuya, aunque según lo cuentas parece obvio :) Te deseamos suerte. Saludos.

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  • Pepe dice:

    Hola Jose, pues las medidas exactas ahora mismo no te las puedo decir, pero desde luego cuatro metros me parece demasiado. Desde luego es muy difícil que nos hagamos a la idea sin ver la calle y su situación, pero si realmente consideras que la señal está mal colocada o tiene poca visibilidad te recomendamos que recurras la multa. Saludos.

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  • maria. L dice:

    hace unos dias aparque entre dos vados, un sitio bastante justo pero que mi coche cabía perfectamente. me di cuenta el dia que me multaron cuando fui recoger mi pegatina del suelo(ya que se habia llevado el coche la grua) que la acera estaba pintada de amarillo pero sin embargo en la parte derecha hacia carretera la linea estaba pintada de blanca y discontinua. podria recurrir esta multa? y encima mirando el boletin de la denuncia resulta que el numero de vado que me pone, no coincide con ninguna de entre los dos donde habia aparcado. que puedo hacer me niego a pagar 100 euros reducida

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  • Nuria dice:

    Hola Pepe, tengo una duda cuya respuesta no encuentro en ninguna página de internet.
    Si yo pierdo todos los puntos del carné, una vez que los recupero ¿que antiguedad tendré?, osea, ¿podría coger una motocicleta de 125 cc si mi anterior carné tenía mas de tres años, o mi antiguedad será a partir de volver a recuperar los puntos?
    Muchas gracias.

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  • Pepe dice:

    Hola Nuria, La verdad es que tu pregunta es demasiado precisa y tememos darte una respuesta errónea. En tu caso, yo creo que lo mejor es que llames por teléfono a la Jefatura de Tráfico y lo preguntes directamente. Puedes informarte en el Teléfono de Atención al Ciudadano, el 060. Saludos.

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  • Pepe dice:

    Hola María. Es dificil que nos hagamos una idea exacta, pues no conocemos el contenido de la denuncia ni podemos saber exactamente en qué condiciones estaba señalizado el lugar donde estacionaste, pero si tú, objetivamente, consideras que la sanción ha sido injusta y crees disponer de argumentos suficientes para demostrarlo, puedes intentar recurrir, aunque en tu caso, y con un vado de por medio, no te garantizamos que pueda prosperar ese recurso. Si reducida es mucho menos dinero, tal vez te interese pagarla en vez de dar más vueltas para que te toque pagar más al final. Un saludo.

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  • victor dice:

    Hola buenas tardes, me acaba de llegar a casa la notificación de denuncia de la ora por rebasar el tiempo de estacionamiento autorizado en un municipio que no es el mio. Es cierto que estuve en el lugar y a la hora señalada pero no tenía ninguna notificación de la denuncia en el parabrisas, en tal caso la habria anulado en las maquinas expendedoras como se suele hacer y no tener que pagar ahora 90 €.
    ¿Que puedo alegar para recurrirla? Gracias

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  • alejandra dice:

    tengo una duda, hace una semana me multaron el coche, deje mi coche delante de mi vado mientras subia a por las llaves de la cochera, la cosa esta en que han puesto zona de carga y descarga delante de mi vado, y me pillo dentro del horario establecido para ello. la multa me la pusieron por estar estacionado en zona de carga y descarga, no por estar delante del vado. Querria saber si es legal que pongan zona de carga y descarga delante de un vado el cual he pagado para que en todo momento sea posible la entrada y salida de mi vehiculo.la multa es de 200€ por estacionar en zona de carga y descarga y por hacerlo delante del vado 60€.
    muchas gracias

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  • Antonio dice:

    Hola. Mi caso es el siguiente. Me han embargado un dinero en una cuenta por una multa de la ORA que me pusieron el 1 de Septiembre de 2010. Me he enterado hoy a raiz de la carta del banco. Parece ser que el ayuntamiento ha enviado las notificaciones a un domicilio antiguo que ya no vivo alli y que no corresponde con el domicilio que tengo en trafico. Entiendo que es ilegal y que ya habria prescrito. ¿Podria hacer un recurso de reposicion por defectos en la tramitación e indefensión causada al haber notificado en domicilio incorrecto impidiendo ejercer el derecho de presentar alegaciones?
    Gracias.

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  • Irene dice:

    Hola Pepe, me han multado en zona azul con mi correspondiente ticket pagado, pero era zona de carga y descarga. La señal de la carga y descarga estaba llena de pegatinas que tapan las flechas y los horarios de la prohibición de estacionamiento. ¿Puedo alegar eso para recurrir la multa? Gracias, un saludo!

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  • Marcelo dice:

    Me acaba de llegar una multa del dia 30/06/10 por estacionar en carga y descarga.notificando que, finalizado el periodo voluntario de pago.200€ mas 10% de recargo total= 220€. La verdad es q no me acuerdo de esta multa pq nunca me ha llegado. q hago, puedo recurrir?

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  • Pepe dice:

    Hola Marcelo, si no te ha sido notificada con anterioridad y no tenías conocimiento de ello no has podido acogerte al pago voluntario. Es posible que argumentes esto en un escrito de alegaciones, pero asegúrate de que nadie la recogió por ti, o llama por teléfono para interesarte por ello, a ver si figura como enviada. Saludos.

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  • Pepe dice:

    Hola Irene, es responsabilidad del Ayuntamiento que las señales sean visibles y claras, opino que tu recurso estaría justificado, máxime cuando sí se te cobró un importe por estacionar en ese lugar. Si recurres, adjunta alguna fotografía de la señal en la que se aprecie con claridad que las pegatinas tapaban la información. Un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola Alejandra. Los agentes tienen siempre principio de credibilidad, serás tú quien deba demostrar que no te encontrabas en zona de carga y descarga, sino en el vado, y eso puede resultar complicado. Si crees que tienes argumentos o modo de probarlo, es posible que recurras en esos términos.

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  • Pepe dice:

    Hola Antonio, cuando cambiamos de domicilio es obligación nuestra, como ciudadanos, comunicar dicho cambio a las distintas administraciones, entre ellas el Ayuntamiento y la jefatura de tráfico. Un saludo.

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  • Pepe dice:

    Hola Víctor, te refieres al aviso, que es lo que te suelen dejar en el parabrisas, ya que la notificación es, o la que te llega a tu domicilio, o la que te entrega un agente e persona. Pues me temo que no podrás hacer nada, aunque te recomiendo que llames al Ayuntamiento de Madrid para informarte, contándoles tu caso concreto. Un saludo.

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  • Maria dice:

    hola: me han multado hoy un policia municipal por mal estacionamiento en un lugar de organismos oficiales ( sabado por la tarde) donde estaba prohibido aparcar con la señal correspondiente pero como era sabado pense que se podria aparcar. He observado que a la matricula la falta un numero, podria librarme de la multa por este hecho? gracias

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  • eva dice:

    nos multaron el sabado por la tarde en una zona de carga y descarga a las 18.45. el caso es quew el coche esta a nombre de una empresa, podemos alegar que estabamos haciendo una descarga y teniamos los cuatro intermitentes?

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  • eva dice:

    ademas en nuestra multa no pone el importe pero hemos llamado al ayuntamiento de valencia y dice que son 200e, no entendemos nada.

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  • Pepe dice:

    Hola Eva, los vehículos deben contar con una autorización expresa para poder estacionar en carga y descarga, si el coche de tu empresa no la tiene me temo que no podrás hacer nada. Saludos.

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  • Pepe dice:

    Hola María,
    Si todos los demás datos son correctos y no existe un error que dificulte tu identificación no creo que puedas alegar defecto de forma. De todos modos, si te dejaron un aviso, tendrás que esperar a recibir la notificación en tu domicilio para plantearte recurrir o no. Un saludo.

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  • Arturo dice:

    Hola Pepe, me han puesto una multa por aparcar en zona de minusvalidos, el domingo a las 1 (vamos sábado noche para que nos entendamos)nunca se me pasa por la cabeza aparcar en aparcamientos de minusvalidos, lo que ocurre es que no me di cuenta ya que en el suelo había en su dia una señal horizontal azul con el simbolo de accesibilidad pero esta totalmente borrada y no se ve, pero hay una señal vertical que pone prohibido aparcar excepto minusvalidos, esta señal no se ve cuando aparcas el coche,cuando estas paralelo a la acera, ya que esta puesta de forma que la ves si vas caminando por la acera o vas por la carretera antes de la señal. Además yo estoy acostrumbrado a ver en los aparcamientos de minusvalidos la tipica señal vertical azul que se ve a leguas con el simbolo de accesibilidad y en el suelo otra pintada tambien, ademas la señal vertical esta justo al término de una zona de carga y descarga con el zigzag amarillo pintado en el suelo ,en lo que yo ingenuo de mi pensé que esa señal vertical pertenecia a esa zona de carga y descarga y estaba ahi para indicar el término de la misma. Ademas en la multa no pone ni la calle ni el numero pero creo que por eso no se puede recurrir. ¿que te parece? gracias por todo, saludos

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  • Pepe dice:

    Hola Arturo, si no pone en la notificación la calle ni el número entiendo que puedes recurrirla, ya que indicar la ubicación del vehículo es necesario para poder tener evidencia de la infracción. De todos modos, te recomiendo que compruebes si tu compañía de seguros no te ofrece asesoramiento legal, pues muchas veces sí que lo incluyen las coberturas, y les preguntes en tu caso cuál es la mejor forma de recurrir dicha multa. Saludos.

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  • Jose dice:

    Se me llevo el coche la grua diciendo que mi coche estaba mal estacionado y obstaculizaba una cuesta de minusvalidos sin señalizar (ni pintura de otro color, ni paso de peatones, ni nada) y me retiraron el coche con una multa de 200 euros, curiosamente el agente no tomo foto del arrastre ni la situacion de mi coche, reclame por escrito pero me desestimo el recurso el de trafico del ayuntamiento, q puedo hacer ?

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  • Pepe dice:

    Hola José, entiendo que en la notificación figurará una dirección, la calle y el número de la supuesta infracción, si te has asegurado que en el lugar donde estacionaste estaba permitido aparcar y si ninguna señal lo prohibía en ningún caso, no podrían multarte. ¿Coincide la calle y número con el lugar donde lo estacionaste? Comprueba si en el papel que te han enviado desestimando el recurso te dan opción a volver a recurrir si crees contar con nuevos argumentos en este sentido, pero ten en cuenta que nos es muy difícil hacernos a la idea de lo que ha ocurrido con la información que nos das. Tal vez tu compañía de seguros te incluya asesoramiento gratuito, llama y pregúntales. Un saludo.

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  • Jose dice:

    Si me dan la opcion de volver a recurrir, lei en otra parte del blog esto ” Que con el fin de desvirtuar la presunción de veracidad ‘iuris tantum” sentada por el artículo 76 del R.D.L. 339/90 SOLICITO LA PRACTICA DE LA PRUEBA consistente en la aportación por el agente denunciante de los elementos probatorios en que se fundamenta el hecho denunciado, pues el propio artículo 76 impone como deber a los agentes de la autoridad la aportación de tales elementos probatorios, sin que surta tal efecto la mera alegación y posterior ratificación del agente denunciante.” Asi que voy a volver a hacer un escrito solicitando eso a ver que pasa, la calle es una calle hecha hace poco y como digo NADIE respeta esta cuestecita al carecer de señalizacion (ni pintura ni paso de peatones ni nada). Ya en el anterior escrito solicite que se señalizara dicha cuestecita para evitar futuros malos entendidos pero claro…. ni caso

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  • Pepe dice:

    Si te dan la opción de recurrir y solicitar las pruebas, estupendo. Ya nos contarás si prospera. Te deseamos suerte. Un saludo.

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  • María Encarnación dice:

    Hola, me han multado hoy por aparcar en una zona de minusvalidos me podría decir alguien de cuanto es la multa?, y si puedo recirrirla, hasta luego.

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  • Pepe dice:

    Hola María Encarnación, si estabas mal aparcada y la señal de prohibición era visible me temo que recurrir no serviría de nada. Un saludo.

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