Cuándo, dónde y cómo pasar la ITV

Por pepecar.com

La Inspección Técnica de Vehículos, conocida como ITV, es un control técnico que tenemos que realizar a nuestro vehículo en el que se revisan los componentes que afectan a la seguridad y a la emisión de gases. Acudir a realizar esta inspección es obligatorio por ley cada cierto tiempo dependiendo del tipo de vehículo, pero la mayoría de ellos, los de uso particular, deben pasar la primera revisión a los cuatro años de haberse matriculado. De cuatro a diez años la revisión deberá hacerse cada dos años y los vehículos de más de diez años deberán someterse a una ITV anual.

Los plazos anteriormente mencionados corresponden a la generalidad, pues el dictamen de un atestado puede obligar a pasarla antes de tiempo a aquellos vehículos que hayan sufrido un accidente que pueda haber afectado a un elemento de seguridad del vehículo, tales como la dirección, el sistema de frenado, transmisión, suspensión, bastidor o sistema de anclaje. Si se trata de ambulancias, vehículos de servicio público o de transporte de personas, coches de autoescuela, o coches de alquiler, la ITV será obligatoria cada seis meses en vehículos de más de cinco años de antigüedad.

Las estaciones de ITV son concesiones administrativas, por lo que el precio por someter un vehículo a revisión varía en función de la comunidad autónoma en la que la llevemos a cabo. Según un reciente estudio de FACUA – Consumidores en Acción, la comunidad autónoma donde es más cara es Valencia, donde el precio es de 65,20 euros para un turismo diesel, mientras que la más barata es Asturias, con una media de 24,26 euros para un turismo diesel o de gasolina. Visto lo visto, es importante consultar las tarifas de las ITV para 2010 antes de decantarnos por una u otra comunidad en función de nuestras posibilidades.

Para que  nuestro coche pase la Inspección Técnica de Vehículos sin problemas, deberemos asegurarnos de que una serie de elementos se encuentren en buen estado. En cuanto al estado exterior del vehículo, se revisa el parabrisas, limpiaparabrisas, espejos retrovisores y el estado de la carrocería y de las placas y rótulos. Respecto a alumbrado y señalización, se revisa el funcionamiento de las luces: posición, corto y largo alcance, antiniebla, intermitentes. luz de freno y luz de marcha atrás. También el estado de dispositivos de seguridad como cinturones o airbag.

Los aspectos mecánicos que se someten a control son los frenos (eficacia y equilibrio de los frenos tanto de servicio como de estacionamiento y estado del circuito de frenos), dirección (estado del mecanismo de dirección, de los neumáticos y rueda de repuesto y la alineación de las ruedas), el estado de los ejes y la suspensión, el estado del bastidor, la instalación eléctrica y la batería, el nivel de ruidos y el índice de contaminación de los gases del escape.

En la medida de lo posible, conviene que nos aseguremos personalmente del correcto funcionamiento de estos elementos, ya que el fallo de uno o varios de ellos pueden suponer que no nos aprueben la inspección y tengamos que regresar tras haberlos reparado. No nos cobrarán nada si regresamos dentro del plazo facilitado por la ITV escogida, pero si esperamos más tiempo tendremos que abonar la cuantía económica que cada una establezca en función de unos plazos.

En lo que respecta al cumplimiento de la ley, en caso de que un agente nos pare y nuestro vehículo no tenga pasada la ITV, se nos multará con 150 euros y se nos concederá un plazo de 10 días para llevar a cabo la inspección técnica. En caso de incumplir el plazo se nos podrá precintar el vehículo.

Imagen: Flickr / antonio domingo