Sanciones: notificación y procedimiento con la Nueva Ley de Tráfico

Por pepecar.com

Desarrollamos hoy un nuevo capítulo tras la entrada en vigor de la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y es uno de los aspectos que más interesa, pues ya se sabe que cuando la cosa afecta al bolsillo se le ponen a uno los pelos de punta. Toda sanción comienza con una notificación, y el procedimiento ha cambiado, por lo que es fundamental que conozcamos las novedades.

Hasta ahora la notificación nos llegaba a casa directamente mediante correo certificado, pero ahora Tráfico intenta ahorrarse este paso informando primero en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Si el correo electrónico no se abre en 10 días naturales se considera rehusado y se continúa con el trámite mediante notificación domiciliaria. Otro de los cambios es que, si antes la sanción se publicaba en Boletines oficiales tras dos intentos fallidos de notificación, ahora se hará público en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

En cuanto a prescripción de las sanciones, debemos tener en cuenta que se ha reducido de un año a seis meses el plazo de prescripción de las infracciones muy graves, pero, por el contratio, aumenta de uno a cuatro años el plazo que la Administración se concede para ejecutar las sanciones firmes. Interesantes novedades son las que conciernen al procedimiento abreviado, ya que si la multa se paga al agente que nos la pone o en un plazo de 15 o 20 días naturales siguientes a la notificación, el procedimiento concluye.

Las consecuencias de que nos acojamos al procedimiento abreviado son que veremos reducida en un 50% la cuantía de la multa y que no computará como antecedente en tanto en cuanto la sanción no conlleve retirada de puntos del carné. Sin embargo, este procedimiento supone que renunciemos a formular alegaciones, por lo que se agota la vía administrativa  y sólo podríamos recurrir por la vía contencioso admistrativa, es decir, por vía judicial.

El procedimiento abreviado no es válido para infracciones muy graves o aquellas cometidas por hacer uso de inhibidores de radares.

Imagen: Flickr / rahego