¿Hay que pasar la ITV aunque el coche esté en el garaje?

Por pepecar.com

¿Tu coche está parado en el garaje y no sabes si tienes que pasar la ITV? ¡Te lo contamos!

Ya no sirve alegar que el vehículo no circula y que lo tenemos siempre guardado en el garaje. Todos los automóviles deben pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) y si circulan con la ITV caducada, sus propietarios pueden arriesgarse a que la Dirección General de Tráfico (DGT) les pueda imponer una multa.

La ITV es primordial para cumplir la seguridad vial aunque tengas el coche cogiendo polvo en el garaje, lo uses solo los fines de semana o le tengas un valor sentimental porque sea antiguo o una pieza de colección.

Según el estudio “Contribución de la ITV a la seguridad vial” por el Instituto Tecnológico para la Seguridad del Automóvil (ITSA) de la Universidad Carlos III, está demostrado que los fallos técnicos de los automóviles contribuyen a tener mayores posibilidades de sufrir un accidente. En el estudio indican que un 6% del total de accidentes que se producen en la Unión Europa se deben a fallos técnicos.

 

pasar la ITV

¿Cuándo hay que pasar la ITV?

Concretamente, los vehículos deben pasar la ITV cuando cumplen 4 años desde su matriculación. A partir del cuarto año, el automóvil tendrá que acudir a la ITV cada 2 años y cuando el coche tenga 10 años de antigüedad tendrás que pasar la ITV cada año.

¿Qué documentos necesito para pasar la ITV?

Los “papeles necesarios” para pasar la ITV son: el permiso de circulación original, la tarjeta de la ITV y los documentos del seguro obligatorio del vehículo.

Todos los vehículos matriculados están obligados a circular con la correspondiente documentación, por eso, es necesario que lleven todos estos documentos.

¿Sabías cuánto es la multa por no pasar la ITV?

Las multas por tener la ITV caducada pueden suponer desde 200 hasta 500 euros, dependiendo del tipo de infracción.

  • Vehículo con la ITV caducada. Si conduces sin pasar la última ITV, los agentes te podrán sancionar con 200 euros de multa.
  • Vehículo con la ITV desfavorable. Cuando tras acudir a pasar la ITV se han detectado defectos graves. Los defectos deben ser reparados en un máximo de dos meses para así poder ir a la ITV correspondiente. Si circulas tras los dos meses con la inspección desfavorable la sanción será de 200 euros.
  • Vehículo con ITV negativa. En este caso la multa sería de 500 euros ya que los defectos son muy graves y el coche no podrá circular hasta el taller. Para llegar desde el centro de la ITV hasta el taller deberá hacerlo en grúa.

Las cámaras de la DGT te podrán sancionar si no pasas la ITV

Para  iniciar la campaña, los responsables de la DGT están enviando una carta a los casi 2.500 propietarios de los vehículos que fueron sorprendidos circulando sin la inspección al día. Esta ‘caza’ ha podido ser posible gracias a la implantación del nuevo sistema informático ITICI.

Con el ITICI y desde principios de año, la DGT dispone de toda la información procedente de las bases de datos de las distintas oficinas de las inspecciones técnicas, donde figuran los vehículos a motor que no han pasado la ITV o que, habiendo pasado el control, no superaban las condiciones para poder circular.

Así, si los dueños de los coches, camiones y motos, no acuden a subsanar la irregularidad, podrían ser sancionados con multas de hasta 200€ por infracción grave, aunque su vehículo no circule por ninguna de las carreteras españolas.