Indemnización económica en lugar de coche de sustitución

Por pepecar.com

A la hora de enfrentarnos a la contratación de nuestra póliza, nos encontramos con que tenemos la posibilidad de contratar la cobertura de coche de sustitución para que, en caso de sufrir un siniestro, se nos facilite un vehículo con el que cubrir nuestras necesidades mientras el nuestro está en el taller. Sin embargo, algunas compañías, en lugar de ofrecer un vehículo, indemnizan económicamente ante la inmovilización de nuestro coche.

Dependiendo de cuál sea nuestra rutina, la indemnización se presenta como mejor opción, pues ya os explicábamos en el artículo Condiciones y plazos para optar a un coche de sustitución del seguro que en ocasiones pueden tardar demasiado en facilitarnos un vehículo alternativo.

Imaginemos que nos vamos de vacaciones y nuestro vehículo se siniestra en el momento de partir (toca madera). Si debemos esperar mínimo una semana para que nos den un coche de sustitución, para cuando nos lo den ya hemos perdido todas o parte de nuestras vacaciones, así como el dinero que hayamos invertido en hoteles, etc. Probablemente nadie deje perder sus vacaciones por algo así, por lo que lo más seguro es que se proceda a alquilar un coche, lo que incrementará el gasto que teníamos previsto. Gasto que después cubriremos con la indemnización.

No obstante, en caso de optar por indemnización, tendremos que fijarnos en la cantidad que la aseguradora en cuestión nos ofrece en caso de siniestro, y que generalmente se estipula por día, aunque, como en el caso del coche de sustitución, también se ofrece por un período de tiempo limitado. Existen pólizas que fijan esa cantidad en 8 €, del todo insuficiente para cubrir unos gastos en un medio de transporte semejante, ya sea el alquiler de un vehículo o el requerimiento de un servicio de taxi. En el otro extremo, existen aseguradoras que ofrecen hasta 60 €  diarios.

A veces, el asegurado sólo recibe la indemnización una vez que ha concluido la reparación del vehículo, por lo que puede encontrarse con que la cantidad de la indemnización se quede por debajo del gasto real que nos ha supuesto desplazarnos de cualquier otra forma. Es importante tener en cuenta que es posible que necesitemos efectuar una reclamación en este sentido, por lo que es aconsejable solicitar y conservar los recibos de todos los gastos derivados de la falta de nuestro vehículo, sean de transporte público, de alquiler de coches o de cualquier otro gasto que entendamos como directamente relacionado.

Imagen: Flickr / ArchiM