Carné por puntos: cómo y cuántos se pierden con la nueva Ley de Tráfico

Por pepecar.com

La semana pasada os informábamos en un artículo de la entrada en vigor de la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, os hacíamos un resumen de los principales cambios y os anunciábamos que iríamos desarrollando en las próximas semanas cada uno de los puntos que quedaban modificados con dicha ley.

Uno de los aspectos que más interés suscita es cómo ha quedado el cuadro de detracción de puntos. Tras su modificación, siete sanciones ya no conllevan pérdida de puntos para los infractores, tales como aumentar la velocidad para evitar que nos adelanten o circular sin alumbrado. De este modo, descienden de 27 a 20 los supuestos en los que un conductor puede perder puntos.  Eso sí, aunque no resten saldo, las infracciones sí conllevan su correspondiente sanción económica.

De este modo, ni circular por carril bus ni circular sin alumbrado restará puntos, y tampoco será motivo de merma de saldo estacionar en curvas, cambios de rasante, túneles o intersecciones, infracciones que la anterior ley sancionaba con la pérdida de dos puntos del carné. Cuatro puntos costaba anteriormente la conducción negligente, así como superar el 50% de ocupación del vehículo o dificultar el adelantamiento a terceros, supuestos que ahora quedan excluidos y ya no cuestan puntos.

Otra novedad que se contempla en nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial es que se amplían de cuatro a seis los puntos que se pueden recuperar en los cursos que se imparten para ello. Además, a partir de ahora desaparece la suspensión temporal del carné de conducir, y la única forma de que nos sea retirado es que agotemos todo nuestro saldo de puntos.

Os incluimos un cuadro actualizado donde se especifican las infracciones y los puntos que cada una de ella restan que ha sido elaborado por nuestros amigos de Autofácil.