Cuándo prescribe una multa de tráfico
//= get_the_date() ?>Por pepecar.com
Este es un asunto que suele traer de cabeza a muchos automovilistas. Ya nos han pillado in fraganti cometiendo una infracción y, en ese fatídico caso, ¿cuándo prescribe? Como norma general y según la Nueva Ley de Tráfico que entró en vigor en mayo de 2010, las infracciones de carácter leve presciben a los tres meses, mientras que las graves y muy graves lo harán a los seis. Para estipular este plazo legal deberemos contar desde el mismo día en que se comete la infracción.
De todas formas conviene saber que este plazo puede verse interrumpido por cualquier tipo de diligencia administrativa encaminada a identificar al infractor o averiguar su dirección. Igualmente el plazo queda suspendido cuando se produzca notificación de la infracción in situ, a través de la Dirección Electrónica Vial o la página de internet del TESTRA.
De todos modos, el plazo volverá a ponerse en marcha si la paralización se extendiera por un período superior a un mes, por causas no imputables al denunciado. Si transcurrido un año desde el comienzo del procedimiento, la Administración no lleva a cabo su resolución, la infracción caducará y deberá archivarse.
Como dato informativo recordar que las infracciones leves son las paradas no autorizadas en pasos de cebra o zonas para minusválidos; llevar menores en el asiento del copiloto sin elementos homologados de seguridad; llevar a menores de 7 años en motocicletas; la circulación en bici sin refractantes e iluminación homologada; el uso de móviles y radio mientras se circula, a no ser que lleven manos libres; y el avisar a otros conductores de la presencia policial.
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